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¿Qué cubre nuestro Seguro de Vehículo?
Cubre las perdidas de daños sufridos por el uso de un automóvil, motocicleta, cabezal, u otro vehículo.
Qué cubre nuestro Seguro de Vehículo?
Cubre las perdidas de daños sufridos por el uso de tu automóvil, motocicleta, cabezal, u otro vehículo.
A) COLISIONES Y VUELCOS ACCIDENTALES
Los daños materiales que sufra el automóvil asegurado a consecuencia de vuelcos accidentales o colisiones, ya sean éstas con cualquier otro automóvil, bienes muebles o inmuebles o semovientes.
B-l) INCENDIO, AUTOIGNICIÓN y RAYO
Los daños materiales que sufra el automóvil asegurado a consecuencia de incendio accidental, auto ignición o rayo.
B-2) ROBO
El robo total del automóvil asegurado.
B-3) HUELGAS Y ALBOROTOS POPULARES
Los daños materiales que sufra el automóvil asegurado, causado directamente por huelguistas o personas que tomen parte en paros, disturbios de carácter obrero o alborotos populares, salvo lo previsto en los “Riesgos No Cubiertos” especificados.
C) RESPONSABILIDAD CIVIL POR DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS EN SUS BIENES
La responsabilidad legal del asegurado, causada por el uso del automóvil asegurado.
D) RESPONSABILIDAD CIVIL POR DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS EN SUS PERSONAS
La responsabilidad del asegurado como consecuencia de atropello accidental con el uso del automóvil asegurado.
E) ROTURA DE CRISTALES
La rotura que puedan sufrir los cristales.
F) EQUIPO ESPECIAL
Los daños materiales que sufra el equipo especial con que se encuentra dotado el Automóvil Asegurado contra los riesgos y daños que ampare la Póliza.
G) DESBORDAMIENTO DE RÍOS, DERRUMBES DE CARRETERAS Y OTROS
Los daños materiales que sufra el Automóvil Asegurado, directamente por ciclón, huracán, granizo, temblor, erupción volcánica, inundación (desbordamiento de ríos, lagos o esteros) derrumbes, hasta por la suma asegurada bajo los riesgos “A” y “B”.
H) EXTENSIÓN TERRITORIAL
Los daños materiales que sufra el Automóvil Asegurado contra todos los riesgos amparados bajo esta póliza, mientras el Automóvil Asegurado, se encuentre dentro de las Repúblicas de Nicaragua, El Salvador, Guatemala, Costa Rica, Panamá o sus aguas territoriales.
I) GASTOS MÉDICOS
Los gastos médicos en que incurra el Asegurado o cualquier ocupante del Automóvil Asegurado, por lesiones corporales que sufran mientras se encuentren a bordo del mismo, debidas a incendio, colisiones o vuelcos accidentales del Automóvil Asegurado.