Se cubren las pérdidas y/o daños directos, causados a los bienes transportados por los riesgos ordinarios de tránsito.
Riesgos Cubiertos
Incendio, rayo, explosión; por caída de aviones, autoignición, colisión, volcaduras o descarrilamiento del vehículo u otro medio de transporte empleado; incluyendo hundimiento o rotura de puentes, varaduras hundimiento o colisión del buque, perdida de bultos por entero caídos al mar en las maniobras de carga transbordo o descarga y avería gruesa o general.
Riesgos Especiales
Mediante convenios expresos, cubrimos robo de bulto por entero; robo parcial; mojadura de agua de mar; mojadura de agua dulce; contacto con otras cargas; manchas; oxidación; roturas; mermas y/o derrames; todo riesgo de transporte; carga sobre cubierta; huelgas y alborotos populares.